ANUNCIO BONIFICACIONES IMPUESTO BIENES INMUEBLES Y VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

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ANUNCIO BONIFICACIONES IMPUESTO BIENES INMUEBLES Y VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

09/01/2018

Por la presente se pone en conocimiento de los interesados de las bonificaciones aprobadas por el órgano Plenario, en sesión celebrada el pasado 4 de octubre de 2017 que se efectuan sobre los siguientes Impuestos:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)

 

- Para el primer impuesto se publica anuncio resumido de las condiciones y requisitos que se precisan:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

 

- Para el IVTM, se establece una Bonificación del 50% para aquellos vehículos híbridos (motor eléctricogasolina, eléctrico-diésel o eléctrico gas) que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.

* Documentación requerida:

— Solicitud de bonificación.

— Fotocopia DNI.

— Recibo de la liquidación de alta del Impuesto de Vehículo de Tracción Mecánica.

— Ficha Técnica del Vehículo.

— Permiso de Circulación del Vehículo.

— Certificado del concesionario acreditando que se trata de un vehículo híbrido.