BANDO MEDIDAS OPAEF

BANDO OPAEF

BANDO MEDIDAS OPAEF

BANDO MEDIDAS COVID-19

DON JOSÉ MANUEL TREJO FERNÁNDEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE EL REAL DE LA JARA (SEVILLA) HACE SABER: Que desde el OPAEF se han adoptado una serie de ampliaciones de plazos y suspensión de ejecución de tributos de aquellas figuras impositivas cuya gestión tienen delegadas los Ayuntamientos de la provincia de Sevilla. Medidas extraordinarias que se adoptan en estas circunstancias excepcionales derivadas del estado de alarma declarado para la gestión de la situación de crisis ocasionada por el COVID-19 y con ánimo de minimizar el impacto fiscal sobre los vecinos y vecinas se adoptan las siguientes medidas tributarias de plena aplicación: - En el apartado de RECAUDACIÓN VOLUNTARIA: Se modifica el plazo de ingreso de tributos locales como el Impuesto Bienes Inmuebles, Impuesto Vehículos Tracción Mecánica, Tasas y Precios Públicos. El periodo de ingreso de los mismos se retrasa un mes, y se fija el periodo que va entre el 4 de mayo y el 6 de julio como periodo general de cobro en voluntaria de todas las figuras impositivas delegadas en el OPAEF, con posibilidad de nuevas modificaciones en plazos, en función de la evolución de las circunstancias. También se amplía hasta el 30 de abril de 2020 los siguientes plazos de pago con vencimiento anterior a dicha fecha y siempre y cuando no hubiesen concluido ya el 18 de marzo de 2020: pago en periodo voluntario de deudas tributarias, sean de vencimiento periódico y notificación colectiva o liquidaciones; pago de deudas en periodo ejecutivo; y pago de acuerdos de aplazamientos y fraccionamientos. - Para el resto de TRÁMITES TRIBUTARIOS DIFERENTES DEL PAGO, tales como atención de requerimientos, solicitudes de información con trascendencia tributaria, o presentación de alegaciones, entre otros, se amplían igualmente los plazos hasta el 30 de abril. A partir de la entrada en vigor de la resolución de presidencia que afecta a todos estos asuntos, y durante la vigencia del estado de alarma o su prolongación, quedan PARALIZADAS las actuaciones enmarcadas en el procedimiento administrativo de APREMIO, inclusive diligencias de embargo individuales, masivas o centralizadas, así como las que tengan repercusión directa con los responsables y sucesores tributarios. En relación con los FRACCIONAMIENTOS de pago, OPAEF pondrá a disposición de los contribuyentes la posibilidad de solicitarlos en periodo voluntario, sin intereses, siempre que las deudas no sean superiores a 30.000 € y que el pago total de éstas se produzca en el mismo ejercicio de su devengo. En El Real de la Jara, a 25 de marzo de 2020 El Alcalde-Presidente, Fdo.- José Manuel Trejo Fernández